Derechos Reales
El derecho de propiedad procura por si mismo e independientemente
del derecho de otro una utilidad considerable.
No hay necesidad del concurso de un tercero.
El derecho de propiedad, no es una carga para nadie, existe contra
todo mundo; no autoriza a exigir de nadie ni cumplimiento, ni abstención de
un acto naturalmente permitido, pero que ninguno puede violarlo o tratar de
impedir su ejercicio.
El respeto debido a la propiedad de otro no se considera como una
obligación dado que no lleva disminución del patrimonio de ninguno.
La acción in rem se da al titular de un derecho real.
El derecho real es aquél que gravita directa e inmediatamente
sobre una cosa determinada y que exige, de todos, el respeto igual, pero puramente pasivo
Por lo mismo que el respeto al derecho real se impone a todos, de
hecho está expuesto a los atentados de cualquiera.
El derecho real puede engendrar acción contra cualquiera.
El derecho real es mucho más ventajoso que el de crédito, puesto
que cualquiera que lo viole en tanto que exista el objeto, su titular no
pierde nada.
Derechos personales o de crédito
Fuente: Bravo Valdés Beatriz y Bravo González Agustín. Derecho Romano, 24ª
edición. Editorial Porrúa. México 2008, Pp. 17,18
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